DEDUCCIONES FISCALES POR REHABILITACIÓN ENERGÉTICA

Las deducciones fiscales por rehabilitación energética son una de las medidas aprobadas por el gobierno para impulsar la mejora energética de la vivienda en España (Real Decreto 19/2021). Estas desgravaciones, además, son compatibles con las subvenciones Next Generation, por lo que, en algunos casos, el ahorro puede superar el 50% de la inversión realizada.

¿Qué tipo de obras desgravan en el IRPF?

Las obras que se pueden beneficiar de las deducciones fiscales son, entre otras:

  • Instalar paneles fotovoltaicos.
  • Incorporar aislamiento térmico en fachada o cubierta.
  • Sustituir las ventanas de la vivienda.
  • Sustituir la caldera de gas por aerotermia o por caldera de biomasa.

¿Qué se necesita para solicitar las deducciones fiscales?

Para beneficiarse de las deducciones fiscales por rehabilitación energética se necesita el certificado energético incial y final de la vivienda. El primer certificado muestra el estado de la vivienda antes de las obras de mejora, mientras que el segundo muestra su estado final. Comparando los dos certificados se constata la mejora energética de las obras de rehabilitación.


¿Cuánto cuesta?

El precio del certificado energético inicial y final es de 200€ + IVA si la vivienda se encuentra en Lleida. En caso contrario, se aplicará una tasa por desplazamiento. El precio incluye las tasas a pagar a la administración.

En Falguera Arquitectura nos encargamos del procedimiento completo: desde la toma de datos en el inmueble, hasta el pago de tasas y presentación ante la administración. Contáctanos para saber si las obras en tu vivienda pueden acogerse a estas desgravaciones fiscales y si también puedes solicitar los fondos Next Generation. Para más información llama o escribe un whatsapp al +34 679 62 07 24 o escríbenos a falguera.josep@gmail.com


¿Qué niveles de deducción por rehabilitación energética existen?

Entrando más en detalle en las deducciones fiscales por rehabilitación energética, encontramos varios niveles de deducción en función de la obra realizda:

  • Deducción del 20% de la cantidad invertida en caso de una reducción del 7% de la demanda de calefacción y refrigeración. Estas intervenciones corresponden al cambio de las ventanas de una vivienda o a la instalación de aislamiento térmico en fachada o cubierta.
  • Deducción del 40% de la cantidad invertida en caso de reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable. Estas intervenciones correspoden a la instalación de aerotermia, caldera de biomasa o a la instalación de placas solares o paneles fotovoltaicos.
  • Deducción del 60% de la cantidad invertida en edificios residenciales en caso de reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable. Las intervenciones son análogas a las del punto anterior.

Este tipo de deducciones aplican a vivienda habitual, vivienda alquilada o en expectativa de alquiler. Para más detalles, consultad la “Guía sobre desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales”.